Impuesto de circulacion
Moderador: fanfurito
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Pepma
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pepma
Como siempre....Bulta, ahí nos has dado, no habia pensado en lo de Históricas, sino en vehículos antiguos de mas de 25 años, así que ya lo sabes, NADA DE MOTOCLUB, solo tienes que presentar com yo te lo expuse en mi anterio comentario. lo tengo en la mano, con fecha 16 de Octubre.
Os pongo un link sobre lo que dice ORDENANZA FISCAL Nº 2 REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE VEHICULOS DE TRACCION MECANICA del ayuntamiento erandio:
http://www.erandioko-udala.org/_Pdf/ord ... f.no02.pdf
El parrafo de interes:
IV. BONIFICACIONES
ARTICULO 4.
Gozarán de bonificación del 100 % de la cuota los vehículos históricos o aquéllos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Para disfrutar de esta bonificación será condición indispensable que estos vehículos estén reconocidos como históricos o pertenezcan en virtud de su antigüedad a una asociación de vehículos antiguos legalmente constituida.
Con carácter general, el efecto de la concesión de bonificaciones comienza a partir del ejercicio siguiente al de la fecha de solicitud, no puede tener carácter retroactivo y no resultará aplicable a los beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente
http://www.erandioko-udala.org/_Pdf/ord ... f.no02.pdf
El parrafo de interes:
IV. BONIFICACIONES
ARTICULO 4.
Gozarán de bonificación del 100 % de la cuota los vehículos históricos o aquéllos que tengan una antigüedad mínima de 25 años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.
Para disfrutar de esta bonificación será condición indispensable que estos vehículos estén reconocidos como históricos o pertenezcan en virtud de su antigüedad a una asociación de vehículos antiguos legalmente constituida.
Con carácter general, el efecto de la concesión de bonificaciones comienza a partir del ejercicio siguiente al de la fecha de solicitud, no puede tener carácter retroactivo y no resultará aplicable a los beneficiarios de las mismas por más de un vehículo simultáneamente
- Iñaki
- Mercuriano de 1ª categoría.
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- Registrado: Vie Jun 30, 2006 10:02 pm
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Está claro que cada ayuntamiento aplica como le viene en gana.
En el primer párrafo se habla de varios tipos de vehículos:
- Históricos.
- Los mayores de 25 años.
Pero luego en el segundo párrafo, nos dice que tan solo serán bonificados:
- Los Históricos.
- O los que pertenezcan a una asociación de vehículos antíguos.
Además solo bonifican un vehículo por persona.
Me da que la interpretación que hacen del artículo no es la correcta.
En el primer párrafo se habla de varios tipos de vehículos:
- Históricos.
- Los mayores de 25 años.
Pero luego en el segundo párrafo, nos dice que tan solo serán bonificados:
- Los Históricos.
- O los que pertenezcan a una asociación de vehículos antíguos.
Además solo bonifican un vehículo por persona.
Me da que la interpretación que hacen del artículo no es la correcta.
Algunos trabajos:
http://refobultanet.wordpress.com/
http://refobultanet.wordpress.com/
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Cincohierros
- Mercuriano de 1ª categoría.
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- Registrado: Vie Ago 11, 2006 11:31 am
- Ubicación: Galapagar
- Contactar:
Efectivamente cada Ayuntamiento hace lo que se le pone al concejal...
Compre una moto en Mostoles y alli es automatico, al cumplir los 25 años exencion sin pedirla.
En Galapagar hay que pedirla y rellenar y aportar media docena de documentos y solo vale a partir del el año siguiente al que la pides, si la pides hoy sera ya para el año que viene y si la pides el uno de enero de 2009 sera ya para 2010. Menos mal que por lo menos me lo hacen para todas las que pida.
En Madrid capital creo que ni siquiera hay exencion por 25 años.
Compre una moto en Mostoles y alli es automatico, al cumplir los 25 años exencion sin pedirla.
En Galapagar hay que pedirla y rellenar y aportar media docena de documentos y solo vale a partir del el año siguiente al que la pides, si la pides hoy sera ya para el año que viene y si la pides el uno de enero de 2009 sera ya para 2010. Menos mal que por lo menos me lo hacen para todas las que pida.
En Madrid capital creo que ni siquiera hay exencion por 25 años.