Impuesto de circulacion

Todo lo no comprendido en los otros apartados...

Moderador: fanfurito

mercu
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Mensaje por mercu »

Hola,ya tengo la foto,no se como se verá,pero yo creo que con esto y las fotocopias de toda la documentación de la moto no se deberían negar.
SaludosImagenImagen
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Iñaki
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Mensaje por Iñaki »

uno como ese presenté hace mucho tiempo para que el ayuntamiento nos hiciera caso y bonificará a los vehículos mayores de 25 años

Si te siguen insistiendo en lo del motoclub, habrá que buscar alguno que te realice el certificado dichoso
axpekr
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Mensaje por axpekr »

Bueno a ver si conseguimos un certificado para imprimir y llevar al ayuntamiento, pero en realidad ellos no se niegan solo que me piden estar ademas incrito en un club oficial
cosa que no se pa que voy a hacer si no podre sacar rendimiento por pertenecer a un club de clasicas.

ademas tengo el certificado del ayuntamiento de Sevilla de que esta moto en concreto no pasa el numerito pero me dicen que no les vale de na
axpekr
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Mensaje por axpekr »

Buscando en Internet he encontrado esto supongo que es a lo que se refiere mi ayuntamiento:


Esto es lo que dice la ley:


IV. Bonificaciones

Artículo 4

1. Tendrán una bonificación del 100 por 100 de la cuota del Impuesto, los vehículos históricos, o aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años contados a partir de la fecha de su fabricación. Si ésta no se conociera, se tomará como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar, en los términos previstos en el art. 1 del Real decreto 1247/1995, de 14 de julio.
Se aplicará esta bonificación siempre que se justifique que reúne los requisitos de antigüedad y singularidad para ser clasificados como vehículos históricos y estén dotados de permiso de circulación y certificado de características técnicas del vehículo.
Dicha justificación se realizará mediante certificado del fabricante o, en su defecto, de un Club o Entidad relacionada con vehículos históricos, el cual acreditará las características y autenticidad del vehículo, para obtener su catalogación.
Las solicitudes para disfrutar de dicha bonificación podrán presentarse, bien por escrito en el Registro General de la Corporación, bien mediante comparecencia verbal en la Unidad de Impuesto Actividades Económicas e I.V.T.M. (Unidad Técnica del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica) del Servicio de Gestión Tributaria, pudiendo formularse a través de un Club o Asociación de vehículos clásicos, históricos o antiguos, o directamente de forma individual o colectiva, y se tramitarán sin perjuicio de las facultades de comprobación e inspección del Ayuntamiento
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bultacobo
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Mensaje por bultacobo »

Creo que te están pidiendo la pertenencia al club por desconocimiento y mala interpretación de la norma que has puesto, ya que eso sería en el caso de vehículos históricos donde no se pueda acreditar documentalmente el año de fabricación y/o homologación. La normativa lo deja bastante claro.

Preséntales copia del artículo y la documentación del vehículo y hazles saber que la pertenencia a un club te saldría más caro que pagar el dichoso impuesto de los co........nes y que si el vehículo tiene más de 25 años no veo por qué no te lo han de admitir. :evil:
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